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El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, atribuye en su artículo 35.1 a esta Comunidad la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Constitución Española y leyes orgánicas que lo desarrollen.

Por otro lado, la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, determina en su artículo 56, que la formación permanente, constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y, en consecuencia, una responsabilidad de las Administraciones Educativas y de los propios centros.

A tal fin, las Administraciones planificarán las actividades necesarias de formación permanente del profesorado y garantizarán una oferta diversificada y gratuita de esas actividades; así como también favorecerán la participación del profesorado en estos programas. Este mismo artículo señala que las Administraciones fomentarán la creación de centros para la formación permanente del profesorado.

Se configuran así, los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa como núcleos de dinamización pedagógica, cuya misión es facilitar a los docentes la renovación y la actualización en métodos, estrategias y dinámicas de trabajo, con el objetivo de conformar un perfil de profesor en la línea de la filosofía educativa que la ley ha diseñado .

A estos Centros corresponde promover el encuentro profesional de los docentes en un marco de colaboración, de tal modo que éstos participen en el diseño y desarrollo de actividades, y garanticen la interacción de todos los agentes educativos en el centro y el conocimiento de la realidad educativa en la que se desarrolla la labor docente.

DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA

Administrativamente, el CFIE depende de la Dirección Provincial de Educación, y a ella le que corresponde coordinar todas las actuaciones de la institución, así como aprobar su RGI.

FUNCIONES Y ACTIVIDADES

A los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa les corresponde desarrollar, en el marco de las orientaciones y prioridades establecidas por la Consejería de educación y dentro de su ámbito geográfico de actuación, las siguientes funciones y actividades:

  • Certificar actividades formativas
  • Desarrollar la formación permanente del profesorado, organizando y desarrollando los Programas de Formación del Profesorado de su Plan de Actuación Anual que den respuesta a las necesidades detectadas.
  • Apoyar el desarrollo del currículo en los centros educativos.
  • Promover la innovación, la investigación educativa, la difusión y el intercambio de experiencias pedagógicas y didácticas.
  • Asesorar e informar a los centros docentes y al profesorado de enseñanza no universitaria sobre la utilización de materiales y recursos didácticos y curriculares.
  • Mantener reuniones con los profesores responsables de la formación en los centros que posibiliten un mejor desarrollo de los programas de formación.
  • Participar en acciones formativas con otras instituciones en el marco de los convenios que la Consejería de educación establezca con ellas.
  • Cualquier otra actuación que le sea encomendada por la normativa vigente.

PLAN DE ACTUACIÓN

El Plan de Actuación del Centro de Formación e Innovación Educativa de Palencia se estructura en torno a dos ámbitos contemplados en la normativa vigente:

A.- Actividades de Formación

1.- Promover la actualización científica y didáctica del profesorado, procurando que se adquiera el bagaje suficiente para encarar con éxito la labor del aula y se eviten sensaciones de impotencia frente a nuevas situaciones.

2.- Favorecer la aproximación del profesorado hacia las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, con el fin de aprovechar estos potentes medios tanto para la formación del profesorado como del alumnado.

3.- Facilitar la incorporación de la formación en valores al proceso de enseñanza-aprendizaje, promoviendo su inclusión en los procesos de planificación de los centros.

4.- Facilitar la formación práctica y favorecer el trabajo en equipo

5.- Favorecer la difusión e intercambio de experiencias, así como la participación en actividades de innovación e investigación educativa.

6.- Motivar al profesorado para que se involucre e involucre a su alumnado en los programas educativos de la Unión Europea.

B.- Apoyo como Centro de Innovación y Recursos didácticos

1.- Potenciar el papel del C.F.I.E. como centro de recursos, dando a conocer la dimensión de los mismos e impulsar la difusión entre el profesorado de los medios con los que cuenta la Institución.

2.- Mejorar el volumen de recursos con los que cuenta el C.F.I.E.: libros, medios informáticos, medios audiovisuales, etc.

3.- Fomentar la participación del profesorado en las convocatorias de Proyectos de Innovación. .

ENTIDADES COLABORADORAS

Con el objeto de mejorar y facilitar el desarrollo de las funciones asignadas, el CFIE establece colaboraciones con otras instituciones sin ánimo de lucro como la universidad y otras entidades colaboradoras.